Reglamento

Archivo Histórico UNLu

Reglamento de Gestión, Ingreso y Consulta

Título I: Del Ingreso y Conformación de Fondos

La incorporación de materiales al Archivo Histórico se realizará mediante un proceso de evaluación técnica y administrativa. Se crearán unidades documentales bajo los siguientes criterios:

  • Interés Institucional: Documentos declarados de interés por autoridad competente de la Universidad Nacional de Luján.
  • Proyectos Académicos: Materiales resultantes de proyectos de investigación o extensión institucionales.

Criterios de Clasificación: La designación y denominación del material seguirá los estándares archivísticos, priorizando la temática sobre la autoría, salvo excepciones justificadas por la relevancia de la personalidad.

Tipo de Unidad Definición Técnica
Fondo Conjunto de documentos producidos, recibidos y acumulados por una persona o institución en el ejercicio de sus funciones, manteniendo su unidad orgánica.
Colección Conjunto artificial de documentos reunidos por un criterio específico (temático, formato, procedencia), sin que exista un vínculo orgánico entre ellos.
Archivo La institución o el repositorio responsable de la custodia, tratamiento y difusión del patrimonio documental.

Donaciones: La Dirección del Sistema de Bibliotecas y Centros de Documentación establecerá las condiciones operativas y técnicas para recibir donaciones. En los casos que correspondan, podrá solicitar asesoramiento a la Comisión de Biblioteca, Información y Documentación para determinar el destino más apropiado para las donaciones aceptadas.

Título II: Acceso y Consulta

El Archivo Histórico es un espacio de acceso público, garantizando el derecho a la información y la preservación del patrimonio documental.

  • Modalidad: Las consultas son exclusivamente presenciales en sala.
  • Citas: Se recomienda solicitar cita con antelación para asegurar la disponibilidad del material. Se aceptarán consultas espontáneas sujeto a disponibilidad.
  • Límite de consulta: Se establece un máximo de cinco (5) unidades documentales (cajas, legajos, tomos) por día, por usuario.
  • Integridad documental: El usuario deberá respetar estrictamente el orden original de los documentos tal como se encuentran en sus respectivas unidades de guarda. No podrá alterar, reorganizar, modificar la foliación o realizar cualquier tipo de intervención en la secuencia de los documentos consultados.
  • Días y Horarios: Los días y horarios de atención al público serán establecidos por la Dirección del Sistema de Bibliotecas y Centros de Documentación o el área que en un futuro la reemplace, en función de la demanda institucional.

Título III: Normas de Sala y Manipulación

Para asegurar la integridad del material, el usuario deberá cumplir con las siguientes normas:

  • Queda prohibido el ingreso con alimentos, bebidas, mochilas o elementos de escritura que utilicen tintas permanentes.
  • El uso de guantes de protección (nitrilo/algodón) será exigido por el personal del archivo según el estado de conservación del soporte documental específico.
  • Reproducción: Se permite la toma de fotografías de los documentos con dispositivos personales, quedando estrictamente prohibido el uso de flash.

Título IV: Restricciones y Citación

El usuario deberá considerar que existen documentos con restricciones de acceso por razones legales o de protección de datos sensibles. El personal del archivo notificará sobre estas limitations al momento de la solicitud.

Cita obligatoria: Toda reproducción o publicación deberá citar la procedencia de la siguiente manera:

"Archivo Histórico UNLu, Dirección del Sistema de Bibliotecas y Centro de Documentación, Universidad Nacional de Luján, Buenos Aires."

El presente Reglamento de Gestión, Ingreso y Consulta del Archivo Histórico se enmarca y fundamenta en el Reglamento del Sistema de Bibliotecas y Centros de Documentación, aprobado por la Resolución RESHCS-LUJ: 0000338-18.